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	<title>tarsa, autor en Salvador Sánchez Quiles</title>
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	<description>&#34;Salvador Sánchez Quiles y ‘IP, El Poder Invisible’: conferencias, formación y consultoría en propiedad intelectual e innovación.&#34;</description>
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	<title>tarsa, autor en Salvador Sánchez Quiles</title>
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		<title>Del trabajo con fuego y acero a la forja del conocimiento.  Las patentes en el ámbito laboral</title>
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		<pubDate>Wed, 09 Apr 2025 11:33:08 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>las patentes &#160; Inventores en la sombra: cuando el genio del empleado enriquece a la empresa. Cuando usamos la Playstation quizás no sepamos que uno de los dispositivos ópticos integrados<span class="more-dots">...</span></p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p hidden="">las patentes</p>
<p>&nbsp;</p>
<h4><strong>Inventores en la sombra: cuando el genio del empleado enriquece a la empresa.</strong></h4>
<p>Cuando usamos la Playstation quizás no sepamos que uno de los dispositivos ópticos integrados en la misma y que sirve para leer los discos es el resultado de la imaginación y la audacia de un antiguo empleado de Sony llamado Hidehiro Kume.</p>
<p>Este trabajador, una vez comprobó que el resultado de su investigación había supuesto un salto trascendental en el desarrollo del producto y en el éxito comercial posterior, solicitó una recompensa a la compañía para la que trabajaba, adicional a su salario habitual. Después de algunos que otros desencuentros judiciales, el caso finalmente llegó a la Corte Suprema de Propiedad Industrial en Tokyo que falló a favor del trabajador, obligando a la empresa a pagar la cantidad de 60.000 dólares por su imprescindible participación en el desarrollo de esa parte del producto.</p>
<p>A pesar de que el Sr. Kume había solicitado más de un millón de dólares por su contribución, no dejó de agradecer a la Corte por “identificar algunas de mis contribuciones a la compañía”.</p>
<p>Casos como el de Hidehiro Kume, antiguo empleado de Sony, o el del profesor Shuji Nakamura, pionero en el desarrollo de LEDs azules, evidencian los desafíos legales y éticos que plantea la propiedad intelectual en el ámbito laboral. Ambos lograron sentencias favorables tras luchar por una compensación justa por sus inventos, abriendo la puerta a un debate necesario: ¿hasta dónde llega el derecho de la empresa y dónde empieza el del creador?</p>
<p>Algo más de suerte tuvo Shuji Nakamura unos años antes. Este profesor de la Universidad de California participó activamente durante los primeros años noventa, en uno de los desarrollos tecnológicos más importantes de finales del siglo pasado: la invención de los diodos luminosos (LED) azul, verde y blanco, así como de la luz láser<br />
azul.</p>
<p>Este invento abrió todo un abanico de posibilidades en la investigación y desarrollo de semiconductores generadores de luz e hizo posible la producción industrial a gran escala de diodos luminosos de bajo consumo.</p>
<p>En el momento en que Nakamura logró concluir sus investigaciones era empleado de la empresa Nichia Corporation. Esta compañía logró, gracias a las patentes obtenidas a partir de la invención de Nakamura, miles de millones de dólares en los años siguientes, sin embargo, a pesar de que el desarrollo obtenido por este profesor excedía en mucho de lo esperado como consecuencia de su actividad laboral y que dicho invento había supuesto una verdadera revolución en muchos sectores de la tecnología, la empresa sólo le recompensó con unos pocos euros.</p>
<p>Como habríamos hecho muchos de nosotros, el Sr. Nakamura decidió que había llegado el momento de reclamar su derecho acudiendo a la vía judicial, de donde obtuvo finalmente una compensación de unos ocho millones de dólares.</p>
<p>Son sólo dos ejemplos de lo que puede ocurrir en la relación laboral entre empresario y trabajador cuando el objeto de la misma es el desarrollo de tecnología.</p>
<h4><strong>¿De quién es la idea? Lo que dice la ley sobre invenciones creadas en el trabajo.</strong></h4>
<p>¿Hasta qué punto está obligada una empresa a pagar a un trabajador por el desarrollo de tecnología que luego es usada en productos de éxito? ¿Qué derechos asisten al empleado que llega mucho más lejos de lo que su empleador esperaba?</p>
<p>Nuestro Derecho establece como criterio general que las invenciones realizadas por un trabajador durante la vigencia de su contrato o relación de trabajo con la empresa, que sean fruto de una actividad de investigación explícita implícitamente constitutiva del objeto de su contrato, pertenecen al empresario y el trabajador no tendrá derecho a una remuneración suplementaria por su realización.</p>
<p>Como excepción a esta regla general se reconoce el caso de que, por parte del empleado, haya habido una aportación personal a la invención y además la importancia de ésta para la empresa exceda de manera evidente del contenido explícito o implícito de su contrato o relación de trabajo. Si se concurren ambos requisitos, el trabajador tendrá derecho a una remuneración suplementaria a su salario habitual; probablemente una regla similar del derecho japonés permitió las reclamaciones con las que comenzábamos este artículo.</p>
<p>Cuando se trata de invenciones libres, es decir, resultados en cuya consecución no concurren las circunstancias indicadas anteriormente, la invención pertenece sin duda al propio trabajador, salvo que el trabajador hubiera desarrollado una invención relacionada con su actividad laboral y en su obtención hubieran influido de forma predominante conocimientos adquiridos dentro de la empresa o el empleado hubiera utilizado medios proporcionados por la compañía para la que trabaja.</p>
<p>En este caso el empresario tendrá derecho a asumir la propiedad de la invención o reservarse un derecho de utilización de la misma.</p>
<p>Si el empresario decide ejercer cualquiera de estos derechos, la ley reconoce al trabajador el derecho a obtener una compensación económica justa, fijada en atención a la importancia industrial y comercial del invento y teniendo en cuenta el valor de los medios o conocimientos facilitados por la empresa y las aportaciones<br />
propias del trabajador.</p>
<h4><strong>Trabajando con fuego y acero: propiedad intelectual y conocimiento en la empresa.</strong></h4>
<p>En la época del trabajo “con fuego y acero”, probablemente los problemas de seguridad eran más importantes que los relativos a la apropiación de la propiedad intelectual por parte del empresario o del trabajador.</p>
<p>Sin embargo, en la sociedad del conocimiento, en la que la importancia de los activos intangibles es indudable, los problemas de apropiación del valor intelectual son mucho más frecuentes, por lo que debe haber una vocación clara del legislador de establecer las medidas adecuadas para garantizar los derechos de empresario y trabajador y lograr los medios para incentivar el desarrollo y la innovación en beneficio de todos.</p>
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		<title>Greenwashing: ¿Compromiso real o pacto con el diablo?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[tarsa]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 09 Apr 2025 11:02:56 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>greenwashing Prólogo.- El ecopostureo. Imagina que compras unas zapatillas con la etiqueta “Eco Run”. Están hechas con “materiales reciclados”. En la caja, fotografiadas todas las hojas del Hayedo de Montejo,<span class="more-dots">...</span></p>
<p>La entrada <a href="https://salvadorsanchezquiles.es/greenwashing-compromiso-real-o-pacto-con-el-diablo/">Greenwashing: ¿Compromiso real o pacto con el diablo?</a> se publicó primero en <a href="https://salvadorsanchezquiles.es">Salvador Sánchez Quiles</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p hidden="">greenwashing</p>
<h4><strong>Prólogo.- El ecopostureo.</strong></h4>
<p>Imagina que compras unas zapatillas con la etiqueta “Eco Run”.<br />
Están hechas con “materiales reciclados”. En la caja, fotografiadas todas las hojas del Hayedo de Montejo, y más frases inspiradoras que en un libro de Paulo Coelho. Sientes que, con tus “Eco Run” no solo correrás como una liebre, sino que, con tu compra, acabas de salvar la Amazonía. Poco tiempo después, descubres que solo los cordones son reciclados, el resto de calzado es de plástico virgen y su producción ha dejado más huella de carbono que el Falcon presidencial.</p>
<p>Bien, eso es lo que los americanos llaman greenwashing y que aquí hemos traducido como “ecopostureo”, “lavado verde” o “blanqueo ecológico” —porque ya sabemos que el español es un idioma muy rico—, y debe analizarse con la suficiente perspectiva. Al fin y al cabo, las empresas de hoy se enfrentan a una encrucijada similar a la del bluesman<a href="https://www.clarin.com/espectaculos/tv/robert-johnson-historia-musico-vendio-alma-diablo_0_o8ANzui1P.html?srsltid=AfmBOoocTR2dsyhWo8P_qeOKvFjdzPR4o4ouC4Iw-5uMTcPzQysYqqf-"> Robert Johnson</a> cuando, según la leyenda, decidió vender su alma al diablo.</p>
<h4><strong>Primera escena.- La búsqueda de una estrategia de sostenibilidad.</strong></h4>
<p>Durante muchos años la industria ha desarrollado modelos de negocio que le garantizaban estabilidad y rentabilidad, pero la velocidad a la que se expanden las corrientes de opinión ha sido mucho mayor que su capacidad para adaptarse de manera apropiada. La creciente conciencia medioambiental de los consumidores vuela como el coche de Verstappen mientras los cambios en los procesos productivos avanzan, casi obligadamente, a la velocidad de un Lada soviético.</p>
<p>Para presionar un poco más, las empresas necesitan construir narrativas (“el relato…, ah, el relato”) que se ajusten a las exigencias de los clientes y que, en muchos casos, superan la capacidad de la propia empresa para hacerlas tangibles. Así, aparecen slogans como “100% ecológico” o “cero emisiones” que, en muchos casos, son más aspiracionales que reales. Es más fácil, rápido y barato construir una frase que cambiar todo un proceso productivo, lo que requiere de mucho tiempo, grandes inversiones y, sobre todo, un cambio profundo en la cultura de la empresa.</p>
<p>Por otro lado, la industria se enfrenta a la presión de los accionistas que buscan un equilibrio entre la sostenibilidad y la rentabilidad. La presión por mantener márgenes de beneficio, cumplir con las regulaciones ambientales emergentes y, al mismo tiempo, satisfacer las expectativas del consumidor moderno, coloca a los líderes empresariales en una posición compleja donde cada decisión cuenta.</p>
<h4><strong>Segunda escena .- Entre la etiqueta y el hecho.</strong></h4>
<p>Y ahí, en esa encrucijada, en la de Robert Johnson, es donde alguna empresa “se ha<br />
podido vender al diablo”.</p>
<p>Ejemplos de “maquillaje ecológico” en los que se han visto envueltas empresas multinacionales a lo largo de los últimos años, hay varios. Así, en 2015, se descubrió que Volkswagen había instalado software en sus vehículos diésel para manipular las pruebas de emisiones, haciéndolas parecer más bajas de lo que realmente eran, mientras afirmaba que sus vehículos diésel eran limpios y ecológicos. La empresa se enfrentó a numerosas reclamaciones y sanciones en distintos países.</p>
<p>En 2018, McDonald`s introdujo pajitas de papel en sus restaurantes del Reino Unido como parte de una iniciativa para reducir el uso de plásticos de un solo uso. Sin embargo, posteriormente se descubrió que, aunque las pajitas de papel estaban hechas de materiales reciclables, determinadas condiciones técnicas dificultaban el proceso de reciclaje, lo que generaba más residuos de los que se pretendía reducir. Casos similares podemos encontrar en otras empresas: H&amp;M y su «Conscious Collection»; Rayanair y su afirmación de ser la aerolínea «más ecológica»; BP (British Petroleum) y su enfoque en «Energía Verde»; Coca-Cola y su estrategia «Un Mundo Sin Residuos».</p>
<h4><strong>Tercera escena.- La Justicia verde.</strong></h4>
<p>En la legislación española la Ley General de Publicidad prohíbe la publicidad engañosa, considerándola desleal. Por otro lado, la Ley de Competencia Desleal considera desleal cualquier práctica que induzca a error a los consumidores en relación con las cualidades, por ejemplo, ecológicas de un producto.</p>
<p>Sobre la base de la normativa española, recientemente Iberdrola inició un procedimiento judicial contra Repsol por supuesto caso de “ecoficción” ante un Juzgado de lo Mercantil de Santander. Iberdrola indicaba en su demanda que una serie de mensajes difundidos en la web corporativa de Repsol y tres campañas de publicidad que dicha sociedad había lanzado en 2023 para mostrar su compromiso con la sostenibilidad, eran, en realidad “engañosas”, siendo Repsol la mayor emisora de CO2 de España.</p>
<p>Por su parte, Repsol ha defendido que sus campañas de publicidad no afirman que sea una empresa sostenible, sino que lo plantea como un objetivo, un compromiso a desarrollar progresivamente y resalta que en todo proceso de cambio las compañías no solo deben tener en cuenta el aspecto medioambiental, sino que, además, deben asegurar el suministro y la continuidad de la vida de las personas.</p>
<p>Argumentos que coinciden con lo comentado al principio de este artículo, la dificultad de hacer coincidir los cambios en la conciencia medioambiental con los necesarios en los procesos productivos.</p>
<p>Pues bien, hace unos días el Juzgado de lo Mercantil dictó sentencia desestimando íntegramente la demanda interpuesta por Iberdrola contra Repsol por prácticas de greenwashing. El Tribunal consideró que las campañas publicitarias y las afirmaciones de Repsol sobre sostenibilidad no inducían a error a los consumidores ni constituían actos de competencia desleal. La sentencia consideró que “no se realizan alegaciones medioambientales sino de compromiso con la sostenibilidad”.</p>
<h4><strong>Epílogo.- … y en este escenario de la sostenibilidad y el marketing ¿quién se atreve a </strong><strong>quedarse fuera?</strong></h4>
<p>La encrucijada a la que se enfrentó Robert Johnson simboliza el dilema al que se enfrentan las empresas: comprometerse genuinamente con la sostenibilidad o limitarse a realizar cambios superficiales con la única intención de subirse al tren de las tendencias sin un esfuerzo real.</p>
<p>Sería injusto terminar sin reconocer que muchas empresas están afrontando este desafío con compromiso y determinación. La transición hacia modelos verdes no es fácil ni barata, implica un cambio cultural y mucha inversión, a pesar de lo cual cada vez son más las compañías que están interpretando un papel protagonista en el cambio. Los consumidores sabremos reconocer a las industrias que lo hagan con honestidad y no tengan que pactar con el diablo</p>
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		<title>El botín invisible</title>
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		<dc:creator><![CDATA[tarsa]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 04 Apr 2025 10:57:32 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>el botín invisible, el botín invisible, el botín invisible, el botín invisible Propiedad intelectual y apropiación tecnológica en los territorios ocupados de Ucrania Febrero de 2022, una serie de ataques<span class="more-dots">...</span></p>
<p>La entrada <a href="https://salvadorsanchezquiles.es/el-botin-invisible/">El botín invisible</a> se publicó primero en <a href="https://salvadorsanchezquiles.es">Salvador Sánchez Quiles</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p hidden="">el botín invisible, el botín invisible, el botín invisible, el botín invisible</p>
<h4><strong>Propiedad intelectual y apropiación tecnológica en los territorios ocupados de Ucrania</strong></h4>
<p>Febrero de 2022, una serie de ataques con drones lanzados por el ejército ruso provoca numerosas bajas entre los soldados ucranianos que defienden la central nuclear de Zaporiyia, la más grande de Europa. Un mes después, las fuerzas rusas toman el control de la planta tras una serie de intensos combates. Desde entonces, la central está bajo dominio ruso.</p>
<p>La guerra en Ucrania, provocada por la invasión del ejército ruso de extensas zonas limítrofes con Rusia, ha sido ampliamente narrada desde una perspectiva militar, política y humanitaria. Hemos visto ciudades destruidas, cadáveres en las calles y el éxodo de millares de personas. Actualmente, mientras la batalla continúa, estamos siendo testigos de una negociación diplomática (llamada así más bien por el sentido formal del rango de sus interlocutores, que por la equidad real de los términos y condiciones puestas sobre la mesa) en la que una de las cuestiones relevantes es el acceso y control de los Estados Unidos a las llamadas “tierras raras” ucranianas.</p>
<h4><strong>¿Hay una guerra tecnológica y nadie la está contando?</strong></h4>
<p>En un mundo donde el conocimiento, la innovación y la tecnología son activos estratégicos de primer orden, esa pregunta es inevitable. La guerra moderna ya no se libra exclusivamente con tanques, misiles y drones, sino también con el control de datos, algoritmos, patentes, know-how y desarrollos científicos. Las potencias que compiten en el escenario global entienden que dominar este tipo de intangibles puede ser tan decisivo como controlar el espacio aéreo  terrestre.</p>
<p>La toma de la central nuclear es solo la punta del iceberg del deseo de Rusia de hacerse no solo con amplias zonas geográficas sino también con el conocimiento, el know-how de las miles de empresas que pudiera haber en la zona en conflicto. Antes de la invasión, Ucrania contaba con un sector tecnológico en auge, con exportaciones en tecnología de la información que casi se triplicaron entre 2016 y 2021 alcanzando los 7.000 millones de dólares anuales, (según Wired UK, edición en español, adaptación de Andrea Baranenko).</p>
<h4><strong>La ocupación rusa y la propiedad intelectual</strong></h4>
<p>La región de Zaporiyia, en la que se encuentra la central nuclear, es un centro de conocimiento, resultado de años de trabajo de científicos e ingenieros que han ido desarrollando la tecnología para actualizar la central y crear a su alrededor un ecosistema de nuevas empresas innovadoras y polos de emprendimiento al servicio de la central nuclear más grande de Europa.</p>
<p>El traslado forzoso de profesionales, la incautación de instalaciones y el desmantelamiento de procesos productivos ha provocado un vacío del que se va a beneficiar el nuevo orden establecido por el ejército invasor mediante la ocupación silenciosa de la propiedad intelectual del país perdedor en las zonas dominadas por el ocupante.</p>
<p>En esta nueva guerra el botín no es solo el espacio físico o las instalaciones de piedra y ladrillo sino también los planos, las bases de datos, las técnicas (por ejemplo, de extracción de minerales) o las patentes.</p>
<h4><strong>¿Qué ocurre con los derechos de propiedad intelectual cuando un territorio es </strong><strong>ocupado por la fuerza?</strong></h4>
<p>La propiedad intelectual es un derecho territorial. Una patente se registra en una jurisdicción y tiene validez dentro de ese territorio.</p>
<p>Entonces ¿qué ocurre cuando una empresa ucraniana, titular de una patente registrada para todo el territorio del país, pierde el control en algunas zonas del Estado? Imaginemos un laboratorio que utiliza una fórmula patentada, o una empresa de ingeniería que desarrolla un proceso protegido por patente en Ucrania. ¿Qué ocurre con esas patentes en los territorios ocupados? ¿Puede el ocupante explotar tecnológicamente ese laboratorio? ¿Puede utilizar ese desarrollo tecnológico? ¿Podría registrar bajo su nombre esos desarrollos en su propio sistema de patentes?</p>
<p>La propiedad intelectual puede ser confiscada en sentido tradicional siempre que hubiera sido protegida mediante un registro y se llevara a cabo una expropiación. Si ese conocimiento no fue registrado no podría ser objeto de expropiación en sentido estricto, pero sí de apropiación fáctica.</p>
<p>Si el titular de una patente pierde el control físico del entorno donde se desarrolló su invención, esa tecnología puede ser expropiada, replicada, usada o incluso reinterpretada por el ocupante sin su consentimiento.</p>
<p>Algunos sistemas de patentes como el ruso (sobre todo en tiempos de guerra) podría aceptar nuevos registros de invenciones para todo el territorio ruso aunque ya hubieran sido patentadas como ucranianas.</p>
<p>Esto nos situaría en un escenario en el que el propietario de una patente ucraniana (fuera o no nacional de ese país) habría perdido el derecho a poder explotarla en el territorio ocupado y, además, correría el riesgo de que el invasor pudiera volver a solicitar una patente igual en Rusia (eso sería inadmisible en países con un Estado de Derecho funcional, pero difícilmente exigible frente a un régimen como el ruso) que tendría protección en toda Rusia, además de las zonas invadidas.</p>
<h4><strong>Minería tecnificada en zonas de litio o uranio</strong></h4>
<p>Ucrania cuenta con yacimientos relevantes de litio, grafito, titanio y uranio, muchos de ellos situados en regiones parcialmente ocupadas. La explotación moderna de estos recursos no depende únicamente del acceso físico al yacimiento, sino del uso de tecnologías específicas protegidas por patentes: métodos de extracción menos contaminantes, procesamiento selectivo o reciclado de tierras raras.</p>
<p>En un escenario de nula supervisión internacional, estos conocimientos podrían ser incorporados a proyectos rusos o vendidos a terceros países sin reconocimiento de su origen legítimo.</p>
<p>Ahora mismo, Ucrania no solo lucha por mantener su integridad territorial sino también por conservar su desarrollo tecnológico, su capital intelectual y su memoria científica. La soberanía de un país no se mide solo por su ejercicio en un espacio físico sino por el mantenimiento de su conocimiento en el sentido más amplio de la palabra.</p>
<p>La imposibilidad de materializar en las zonas invadidas por las tropas rusas, las patentes registradas en Ucrania supone una pérdida irreparable de su know-how y de sus opciones de desarrollo tecnológico como país.</p>
<p>El futuro de Ucrania no solo se juega en el campo de batalla, sino también en sus algoritmos, en sus fórmulas, en sus procesos productivos, bases de datos y capital intelectual.</p>
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		<title>Paco de Lucía y la batalla por sus derechos de autor</title>
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		<dc:creator><![CDATA[tarsa]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 28 Mar 2025 09:51:06 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[coautoría]]></category>
		<category><![CDATA[derechos de autor]]></category>
		<category><![CDATA[derechos musicales]]></category>
		<category><![CDATA[Entre dos aguas]]></category>
		<category><![CDATA[industria musical]]></category>
		<category><![CDATA[José Torregrosa]]></category>
		<category><![CDATA[Paco de Lucía]]></category>
		<category><![CDATA[plagio musical]]></category>
		<category><![CDATA[propiedad intelectual]]></category>
		<category><![CDATA[sentencia Audiencia Provincial]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Quién es el verdadero autor de “Entre dos aguas” Hay sentencias que tienen la capacidad de alterar el equilibrio de poder Porque la propiedad intelectual es poder, un poder invisible,<span class="more-dots">...</span></p>
<p>La entrada <a href="https://salvadorsanchezquiles.es/paco-de-lucia-derechos-autor-entre-dos-aguas/">Paco de Lucía y la batalla por sus derechos de autor</a> se publicó primero en <a href="https://salvadorsanchezquiles.es">Salvador Sánchez Quiles</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h3></h3>
<h3><strong><em>Quién es el verdadero autor de “Entre dos aguas”</em></strong></h3>
<h4>Hay sentencias que tienen la capacidad de alterar el equilibrio de poder</h4>
<p>Porque la propiedad intelectual es poder, un poder invisible, y la reciente decisión de la Audiencia Provincial de Madrid sobre Paco de Lucía lo demuestra. El fallo que lo reconoce como el único autor de “Entre dos aguas” ha abierto un debate que podría transformar la industria musical. Un sector donde, en muchas ocasiones, las grandes discográficas y los productores más poderosos han impuesto sus reglas, aprovechándose del desconocimiento de los artistas, más centrados en su arte que en los entresijos del negocio..</p>
<p>Así, no es difícil entender que cuando Lucía Sánchez, hija de Paco y abogada de propiedad intelectual, le dijo a su padre que, en estas obras, José Torregrosa también figuraba como autor, el genio “se quedó en blanco” y solo supo decirle a su hija: “esa obra es mía”.</p>
<p>Hoy, el nombre de Paco de Lucía vuelve a ocupar titulares, pero no por su legado inmortal en el flamenco ni por las innovaciones que introdujo en un género tradicionalmente estático. Esta vez, su nombre resuena por una batalla legal que ha puesto en jaque la autoría de sus composiciones.</p>
<p>La decisión de la Audiencia Provincial de Madrid, en una sentencia emitida el 25 de febrero de 2025, reconoció a Paco de Lucía como el único autor de 37 obras musicales, incluyendo la emblemática «Entre dos aguas». Este fallo ratifica una decisión previa del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Madrid de abril de 2023, pero todavía no es firme y podría ser recurrido ante el Tribunal Supremo.</p>
<p>En opinión del Tribunal, se trató de «un abuso de confianza hacia el verdadero creador y autor de las obras, que nunca se ocupó, de esta clase de gestiones hasta que un miembro más joven de su familia, en concreto su hija, se preocupó de ello y destapó una situación a la que ha venido a poner punto y final la presente sentencia”.</p>
<p>Frente a esto, los herederos del productor defendieron durante el pleito que la transcripción de las creaciones musicales de Paco de Lucía a las partituras venía acompañada de la realización de múltiples arreglos y modificaciones, por lo que no se limitó a una mera labor de transcripción, sino que en el resultado final de la obra se podría apreciar la intervención de la mano de Torregrosa, por lo que se habrían generado derechos a su favor sobre la misma.</p>
<p>El tribunal concluyó que, aunque en algunos casos se detectaron arreglos orquestales, estos no eran lo suficientemente significativos como para considerar las obras como derivadas. Los magistrados alcanzaron esta certeza en gran parte debido a la información aportada por el peritaje de la obra de Paco de Lucía, de la que consta un importante número de grabaciones.</p>
<p>A juicio de los especialistas, sus composiciones son muy personales y estaban basadas en una serie de falsetas engarzadas entre sí por medio de breves variaciones, con su introducción y su cierre, formando una obra completa.</p>
<p>Así en la obra “Entre dos aguas” Paco de Lucía desarrolla varias falsetas con una estructura rítmica y lo hace “engarzando” las mismas de forma fluida y progresiva, no sigue una estructura típica de canción estrofa-estribillo. Esto permite reconocer fácilmente el estilo del guitarrista, mucho más libre y expresivo que las composiciones tradicionales flamencas.</p>
<p>«Las composiciones de Paco de Lucía, son de tal complejidad técnica (que incluye picados y rasgueos de enorme dificultad) que sólo podían ser concebidas por un guitarrista y, además, de estilo flamenco», señala la resolución. El productor, sin embargo, era pianista y no un músico flamenco, de tal forma que sus partituras fueron confeccionadas desde la postura de un pianista, lo que difícilmente podía contribuir a enriquecer o a modificar de forma sustancial la obra original.</p>
<p>Finalmente, el fallo ha concluido que Paco de Lucía es el único autor de las composiciones en disputa, anulando la coautoría previamente atribuida al productor José Torregrosa. ​El tribunal determinó que Torregrosa se limitó a transcribir y registrar las obras en la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), sin realizar aportaciones creativas que justificaran su coautoría, y condena a los herederos de Torregrosa a devolver las cantidades percibidas indebidamente desde el registro de las canciones, con el interés legal correspondiente, y a indemnizar con 10.000 euros por daño moral a la familia de Paco de Lucía. ​</p>
<p>Resuelta la cuestión fundamental relativa a quién es el único autor de estas 37 composiciones, se plantea cuál pudo ser la razón por la que José Torregrosa, productor y arreglista de los temas, se atribuyera la coautoría junto con Paco de Lucía, más allá de sostener que pudo ser lisa y llanamente un abuso de confianza por su parte. Analicemos entonces los argumentos mantenidos por los herederos del productor y arreglista y veamos, hasta qué punto, podría tener razón.</p>
<p>En el ámbito del derecho de autor, los derechos que pueden corresponder a un productor musical dependen de su contribución específica a la canción y de su rol en la producción.</p>
<p>Podemos distinguir tres situaciones que se pueden dar en las relaciones entre productor y autor: que el productor haya contribuido a la autoría de la pieza de alguna forma, que no lo haya hecho o, finalmente, que su intervención haya sido como arreglista del tema.</p>
<p>En términos generales, el productor musical no es automáticamente considerado autor de una obra musical a menos que haya hecho una contribución creativa en su composición o letra. Si el productor aporta melodías, armonías o letras, puede ser reconocido como coautor, obteniendo los mismos derechos morales y patrimoniales que el autor al que ha producido.</p>
<p>Hay innumerables ejemplos de productores que han tenido una intervención decisiva en el modelaje del estilo, el sonido, las letras o las melodías de un autor. Un ejemplo de ello es Rob Fusari quién trabajó estrechamente con Lady Gaga en su álbum debut <em>“The Fame” </em>y figura como coautor de varias canciones junto con la cantante.</p>
<p>Sin embargo, si el productor fonográfico, es decir el dueño de la grabación, se limita a financiar y gestionar la misma pero no interviene en la composición, no tiene derechos de autor, pero sí tiene derechos conexos relacionados con la grabación, como el derecho a explotarla y licenciar su uso, o el derecho de reproducción, distribución y comercialización del máster. La mera supervisión de la mezcla y/o masterización, siendo esencial para la calidad final de la canción, no genera derechos de autor a favor del productor</p>
<p>Finalmente, si el productor realiza algún tipo de arreglo u orquestación, podría decirse que reinterpreta, modifica o reestructura la canción y, en este caso, sería considerado como coautor de la versión arreglada.</p>
<p>En definitiva, como ocurre en muchos litigios, la clave del caso radicaba en la interpretación: ¿fue la intervención de José Torregrosa lo suficientemente relevante en términos de composición como para considerarlo coautor, o su labor se limitó a la producción y a la transcripción de las notas de Paco de Lucía en una partitura? Finalmente, el tribunal concluyó que la asistencia de Torregrosa se redujo a plasmar en papel las composiciones del guitarrista, quien no dominaba la notación musical.</p>
<h4>¿Qué puede suponer esta decisión en el mundo de la música española?</h4>
<h4>Quien posee el derecho, tiene el poder</h4>
<p>Esta resolución marca un precedente al poner fin a la práctica de atribuirse derechos indebidos en la industria musical, limitando el margen de maniobra de aquellos productores que, en el pasado, se beneficiaron de ello.</p>
<p>La propiedad intelectual no es solo un concepto legal; es una herramienta de control y dominio en la industria musical y artística. Durante años, la inclusión de Torregrosa como coautor significó una distribución desigual de los beneficios de estas obras, alterando el poder económico y la capacidad de decisión sobre la explotación de la música de Paco de Lucía.</p>
<p>Esta sentencia no solo hace justicia con Paco de Lucía, sino que también marca un precedente en la industria musical. Reafirma que los derechos de autor existen para proteger la creatividad de los artistas y evitar que terceros se lucren indebidamente con su arte. En el futuro, quienes intenten atribuirse autorías indebidas encontrarán una barrera legal más clara.</p>
<p>El caso de Paco de Lucía y «Entre dos aguas» es un recordatorio de que la propiedad intelectual es un campo de batalla donde los artistas deben proteger su legado. La lucha por el poder: el poder de decidir, el de ser reconocido como artista y el de recibir una compensación justa por el arte.</p>
<p>El reconocimiento de Paco de Lucía como único autor de «Entre dos aguas» es más que una victoria legal; es un triunfo simbólico para todos los creadores que han visto su trabajo cuestionado o apropiado.</p>
<p>La decisión no ha dejado nada “entre dos aguas”; ha sido clara y contundente.</p>
<p>La entrada <a href="https://salvadorsanchezquiles.es/paco-de-lucia-derechos-autor-entre-dos-aguas/">Paco de Lucía y la batalla por sus derechos de autor</a> se publicó primero en <a href="https://salvadorsanchezquiles.es">Salvador Sánchez Quiles</a>.</p>
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		<title>Marcas comerciales: claves para proteger tu identidad empresarial</title>
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		<pubDate>Wed, 26 Mar 2025 15:51:36 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>En un mundo cada vez más competitivo, la identidad de una empresa es uno de sus activos más valiosos. Las marcas comerciales permiten diferenciar productos y servicios, generar confianza en<span class="more-dots">...</span></p>
<p>La entrada <a href="https://salvadorsanchezquiles.es/marcas-comerciales-proteccion/">Marcas comerciales: claves para proteger tu identidad empresarial</a> se publicó primero en <a href="https://salvadorsanchezquiles.es">Salvador Sánchez Quiles</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p data-start="462" data-end="720">
<p class="" data-start="462" data-end="720">En un mundo cada vez más competitivo, la identidad de una empresa es uno de sus activos más valiosos. Las <strong data-start="568" data-end="590">marcas comerciales</strong> permiten diferenciar productos y servicios, generar confianza en los clientes y asegurar una ventaja competitiva en el mercado.</p>
<h4 data-start="722" data-end="759"><strong data-start="725" data-end="757">¿Qué es una marca comercial?</strong></h4>
<p class="" data-start="760" data-end="1011">Una marca comercial es un signo distintivo que puede ser un nombre, logotipo, eslogan o incluso un color o sonido. Su función principal es identificar el origen de un producto o servicio y protegerlo legalmente frente a copias o usos no autorizados.</p>
<h4 data-start="1013" data-end="1055"><strong data-start="1016" data-end="1053">Beneficios de registrar una marca</strong></h4>
<ul>
<li data-start="1056" data-end="1375">Exclusividad: Impide que otros usen tu nombre o logotipo sin permiso.</li>
<li data-start="1056" data-end="1375">Protección legal: Permite actuar contra infractores y falsificaciones.</li>
<li data-start="1056" data-end="1375">Valor estratégico: Una marca reconocida aumenta el prestigio y la confianza del consumidor.</li>
<li data-start="1056" data-end="1375">Monetización: Puede licenciarse o venderse como un activo valioso.</li>
</ul>
<h4 data-start="1377" data-end="1420"><strong data-start="1380" data-end="1418">Cómo registrar una marca comercial</strong></h4>
<ol>
<li data-start="1421" data-end="1743">Realizar una búsqueda previa para asegurarse de que no exista una marca similar.</li>
<li data-start="1421" data-end="1743">Presentar la solicitud ante la oficina de propiedad industrial del país correspondiente.</li>
<li data-start="1421" data-end="1743">Cumplir con los requisitos legales y pagar las tasas correspondientes.</li>
<li data-start="1421" data-end="1743">Esperar el periodo de oposición y aprobación de la marca.</li>
</ol>
<h4 data-start="1745" data-end="1791"><strong data-start="1748" data-end="1789">Errores comunes al proteger una marca</strong></h4>
<ul>
<li data-start="1792" data-end="1973">No registrar la marca desde el inicio del negocio.</li>
<li data-start="1792" data-end="1973">Elegir nombres genéricos o descriptivos difíciles de proteger.</li>
<li data-start="1792" data-end="1973">No vigilar el uso indebido de la marca por terceros.</li>
</ul>
<p>Las <strong data-start="2000" data-end="2022">marcas comerciales</strong> son esenciales para la identidad y crecimiento de una empresa. Protegerlas correctamente asegura su valor y evita problemas legales en el futuro. <a href="https://salvadorsanchezquiles.es/"><strong data-start="2169" data-end="2196">Salvador Sánchez Quiles</strong></a>, experto en propiedad intelectual, ofrece asesoría para el registro y gestión estratégica de marcas, ayudando a empresas a blindar su identidad y posicionamiento.</p>
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		<title>El valor de los activos intangibles en la empresa moderna</title>
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		<dc:creator><![CDATA[tarsa]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 26 Mar 2025 15:41:48 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En un entorno empresarial cada vez más digital y globalizado, los activos intangibles en la empresa han cobrado una importancia crucial. Marcas, patentes, derechos de autor y secretos comerciales representan<span class="more-dots">...</span></p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p data-start="474" data-end="787">
<p class="" data-start="474" data-end="787">En un entorno empresarial cada vez más digital y globalizado, los <strong data-start="540" data-end="577">activos intangibles en la empresa</strong> han cobrado una importancia crucial. Marcas, patentes, derechos de autor y secretos comerciales representan un valor estratégico que puede marcar la diferencia entre el éxito y la irrelevancia en el mercado.</p>
<h4 data-start="789" data-end="851"><strong data-start="792" data-end="849">¿Qué son los activos intangibles y por qué son clave?</strong></h4>
<p class="" data-start="852" data-end="1142">Los <strong data-start="856" data-end="879">activos intangibles</strong> son aquellos bienes no físicos que aportan valor a una empresa, como la propiedad intelectual, la reputación de marca, el know-how y las relaciones comerciales. Su correcta gestión puede ser determinante para la sostenibilidad y expansión de cualquier negocio.</p>
<h4 data-start="1144" data-end="1216"><strong data-start="1147" data-end="1214">Cómo transformar los activos intangibles en ventaja competitiva</strong></h4>
<p class="" data-start="1217" data-end="1511">Para que estos activos generen un impacto real en la empresa, es fundamental:<br data-start="1294" data-end="1297" />&#8211; Identificarlos y valorarlos correctamente.<br data-start="1341" data-end="1344" />&#8211; Protegerlos legalmente mediante marcas, patentes o derechos de autor.<br data-start="1415" data-end="1418" />&#8211; Integrarlos en la estrategia de negocio para potenciar la innovación y la diferenciación.</p>
<h4 data-start="1513" data-end="1588"><strong data-start="1516" data-end="1586">Casos de éxito: Empresas que apuestan por la propiedad intelectual</strong></h4>
<p class="" data-start="1589" data-end="1858">Gigantes como Apple, Google o Tesla han basado gran parte de su éxito en la protección y explotación de sus activos intangibles. Su enfoque demuestra que la <strong data-start="1746" data-end="1797">gestión estratégica de la propiedad intelectual</strong> puede ser el mayor motor de crecimiento en la era digital.</p>
<p class="" data-start="1881" data-end="2228">La correcta gestión de los <strong data-start="1908" data-end="1945">activos intangibles en la empresa</strong> no es solo una opción, sino una necesidad para garantizar el futuro y la competitividad en el mercado. <a href="https://salvadorsanchezquiles.es/"><strong data-start="2049" data-end="2076">Salvador Sánchez Quiles</strong></a>, experto en propiedad intelectual, asesora a empresas en la optimización y protección de estos activos, ayudándolas a capitalizar su verdadero valor.</p>
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		<title>Marcas y patentes: claves para proteger la innovación empresarial</title>
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		<dc:creator><![CDATA[tarsa]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 26 Mar 2025 15:21:36 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En un mundo donde la competencia es cada vez más feroz, proteger la innovación a través de marcas y patentes es fundamental para garantizar el éxito y la diferenciación en<span class="more-dots">...</span></p>
<p>La entrada <a href="https://salvadorsanchezquiles.es/marcas-y-patentes-proteger-innovacion/">Marcas y patentes: claves para proteger la innovación empresarial</a> se publicó primero en <a href="https://salvadorsanchezquiles.es">Salvador Sánchez Quiles</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p data-start="498" data-end="810">
<p class="" data-start="498" data-end="810">En un mundo donde la competencia es cada vez más feroz, proteger la innovación a través de <strong data-start="589" data-end="610">marcas y patentes</strong> es fundamental para garantizar el éxito y la diferenciación en el mercado. Sin una estrategia adecuada de <strong data-start="717" data-end="742">propiedad intelectual</strong>, las empresas pueden perder valor y oportunidades de crecimiento.</p>
<h4 data-start="812" data-end="864"><strong data-start="815" data-end="862">¿Por qué es importante registrar una marca?</strong></h4>
<p class="" data-start="865" data-end="1132">Una <strong data-start="869" data-end="889">marca registrada</strong> no solo distingue un producto o servicio de la competencia, sino que también ofrece seguridad jurídica y refuerza la identidad corporativa. Además, impide que terceros utilicen un nombre similar y se beneficien del prestigio de una empresa.</p>
<h4 data-start="1134" data-end="1184"><strong data-start="1137" data-end="1182">El papel de las patentes en la innovación</strong></h4>
<p class="" data-start="1185" data-end="1508">Las <strong data-start="1189" data-end="1201">patentes</strong> protegen invenciones y desarrollos tecnológicos, otorgando a sus creadores derechos exclusivos de explotación por un tiempo determinado. Esto permite recuperar la inversión en I+D y fomenta la competitividad en sectores clave como la biotecnología, la inteligencia artificial o la industria farmacéutica.</p>
<h4 data-start="1510" data-end="1559"><strong data-start="1513" data-end="1557">Estrategias para una protección efectiva</strong></h4>
<p class="" data-start="1560" data-end="1837">Para asegurar una buena defensa de los activos intangibles, es recomendable:<br data-start="1636" data-end="1639" />&#8211; Registrar marcas y patentes en los mercados donde se opera.<br data-start="1700" data-end="1703" />&#8211; Realizar búsquedas previas para evitar conflictos legales.<br data-start="1763" data-end="1766" />&#8211; Contar con asesoramiento especializado para la gestión de derechos.</p>
<p class="" data-start="1860" data-end="2159">La <strong data-start="1863" data-end="1898">protección de marcas y patentes</strong> es una inversión clave para el crecimiento empresarial. <a href="https://salvadorsanchezquiles.es/"><strong data-start="1955" data-end="1982">Salvador Sánchez Quiles</strong></a>, experto en propiedad intelectual, asesora a empresas y emprendedores en la gestión de estos activos, ayudándolos a transformar su innovación en una ventaja competitiva real.</p>
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		<title>La propiedad intelectual en la era de la inteligencia artificial: retos y oportunidades</title>
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		<dc:creator><![CDATA[tarsa]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 26 Mar 2025 11:34:28 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>&#160; La inteligencia artificial (IA) está revolucionando el mundo de la propiedad intelectual, generando nuevos desafíos y oportunidades para empresas, creadores e innovadores. Desde la automatización de procesos hasta la<span class="more-dots">...</span></p>
<p>La entrada <a href="https://salvadorsanchezquiles.es/propiedad-intelectual-ia-desafios-oportunidades/">La propiedad intelectual en la era de la inteligencia artificial: retos y oportunidades</a> se publicó primero en <a href="https://salvadorsanchezquiles.es">Salvador Sánchez Quiles</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>&nbsp;</p>
<p>La inteligencia artificial (IA) está revolucionando el mundo de la <strong data-start="485" data-end="510">propiedad intelectual</strong>, generando nuevos desafíos y oportunidades para empresas, creadores e innovadores. Desde la automatización de procesos hasta la creación de obras originales por parte de algoritmos, la IA plantea preguntas clave sobre la <strong data-start="732" data-end="786">protección de derechos de autor, patentes y marcas</strong>.</p>
<h4 data-start="791" data-end="837"><strong data-start="794" data-end="835">¿Puede una IA ser autora o inventora?</strong></h4>
<p class="" data-start="838" data-end="1164">Uno de los grandes debates actuales es si una inteligencia artificial puede ser reconocida legalmente como autora de una obra o inventora de una patente. Legislaciones como la europea o la estadounidense aún exigen la intervención humana, pero países como China están explorando nuevas vías legales para abordar estos casos.</p>
<h4 data-start="1166" data-end="1219"><strong data-start="1169" data-end="1217">Marcas y derechos de autor en la era digital</strong></h4>
<p class="" data-start="1220" data-end="1531">El auge de herramientas basadas en IA ha facilitado la creación de contenidos digitales, desde textos y música hasta diseños gráficos. Sin embargo, esto ha dado lugar a disputas sobre <strong data-start="1404" data-end="1425">derechos de autor</strong> y la necesidad de adaptar las normativas a un entorno en el que la creación automática es una realidad.</p>
<h4 data-start="1533" data-end="1589"><strong data-start="1536" data-end="1587">Estrategias de protección en el nuevo paradigma</strong></h4>
<p class="" data-start="1590" data-end="1940">Para empresas y creadores, es esencial desarrollar estrategias que permitan proteger sus activos intangibles en un contexto tecnológico en constante evolución. Registrar marcas y patentes, actualizar los términos legales en contratos y entender los límites de la IA en la propiedad intelectual son pasos clave para asegurar una ventaja competitiva.</p>
<p class="" data-start="1963" data-end="2390">La relación entre la inteligencia artificial y la propiedad intelectual sigue evolucionando, y es fundamental que empresas y profesionales del sector estén preparados para los cambios que vienen. <a href="https://salvadorsanchezquiles.es/"><strong data-start="2159" data-end="2186">Salvador Sánchez Quiles</strong></a>, experto en la materia, aborda estas cuestiones en sus conferencias y consultorías, ofreciendo una visión estratégica para aprovechar <strong data-start="2321" data-end="2349">‘IP, El Poder Invisible’</strong> en un mundo digital en transformación.</p>
<p>La entrada <a href="https://salvadorsanchezquiles.es/propiedad-intelectual-ia-desafios-oportunidades/">La propiedad intelectual en la era de la inteligencia artificial: retos y oportunidades</a> se publicó primero en <a href="https://salvadorsanchezquiles.es">Salvador Sánchez Quiles</a>.</p>
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